lunes, 7 de julio de 2014

Impugnación de JCDT ante Strongest de Ullami fue declarada improcedente

La impugnación que hizo el club JCDT (Jóvenes Capaces de Triunfar), en contra de Strongest de Ullami, fue declarada improcedente por el Tribunal de Disciplina Deportiva de la Asociación de Fútbol (AFO). En consecuencia el cuadro "atigrado", participará en esta temporada en la categoría Primera "A", debido a que con esa decisión, se consolida el ascenso de ese equipo.

Pero llama la atención la resolución que se emitió, puesto que el jugador involucrado Miguel Ángel Sandoval, fue suspendido hasta que regularice en las vías legales la situación de su edad.

JCDT, que terminó penúltimo en el torneo de la Primera "A" en la temporada 2013, tuvo que jugar el descenso indirecto ante el subcampeón de la Primera "B" en este caso Strongest de Ullami. En ocasión de jugarse el tercer y definitivo encuentro, el club, JCDT, hizo una impugnación en contra de su adversario al considerar que se había alterado la edad del jugador Miguel Ángel Sandoval de Strongest.

El caso como corresponde pasó al Tribunal de Disciplina Deportiva de la AFO, donde "durmió el sueño de los justos", pues pasó el tiempo y no se conocía una resolución o determinación de ese tribunal. Menos mal aunque tarde, la anterior semana se conoció la sentencia emanada donde se hace mención que el reclamo es infundado de manera que se declaró improcedente.



RESOLUCIÓN

Los miembros del Tribunal de Disciplina Deportiva de la AFO, indican en su resolución lo siguiente.

"Declarar improcedente la impugnación del Club JCDT, en contra del Club Strongest de Ullami por no cumplir con lo previsto en el Reglamento de Campeonato Oficial de la AFO. 2013-2014, torneo denominado "Justo Tórrez Alarcón", en el Cap. Vlll impugnaciones Art. 48.

Conforme a lo indicado en los Memoriales presentados y revisados los mismos, este Tribunal de Disciplina Deportiva, resuelve suspender de toda actividad futbolística al jugador Miguel Ángel Sandoval Torrico, mientras en la vía legal aclare la verdadera fecha de su nacimiento", sostiene la resolución.

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